1.- Introducción:
La Diputación de Almería promueve la colaboración deportiva con los municipios de la provincia en el ámbito de la práctica deportiva, mediante acciones y proyectos deportivos dirigidos a reforzar y apoyar la celebración de eventos deportivos, a través de las delegaciones provinciales y clubes militantes en la máxima categoría del deporte provincial.
2.- Objetivos Específicos:
- Apoyar para la organización de eventos deportivos.
- Favorecer y desarrollar la tecnificación deportiva.
- Asesorar sobre la organización de eventos.
3.- Destinatarios:
Serán destinatarios del PADI, directamente, los Ayuntamientos de municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Almería. De forma indirecta, podrán ser también, destinatarios del PADI en los términos previstos de concertación o la correspondiente normativa específica, los entes instrumentales (Delegaciones Deportivas Provinciales y/o Club Deportivo que ostenten la máxima categoría provincial en su modalidad a nivel provincial), que finalmente, sean los prestatarios del servicio deportivo a los entes locales antes indicados.
4.- Procedimiento general de adscripción y efectos:
La adscripción previa al PADI por parte de un ente destinatario es requisito indispensable para la concertación de contenidos y la formalización de actuaciones derivadas del PADI. No comportando, por sí sola, más obligaciones que la de reconducir los actos e instrumentos concretos de desarrollo en las pautas formales establecidas por el PADI.
La adscripción no da lugar a compromisos u obligaciones concretos sobre los recursos de ninguna de las partes concertantes, ni genera directamente hacia obligación económica para las mismas.
Los trámites necesarios, deberán realizarse antes del 11 de marzo del año de vigencia del programa. Realizándose, mediante la documentación normalizada que la Diputación de Almería apruebe.
La relación de actos y acuerdos que la Diputación de Almería apruebe para el desarrollo del PADI, se comunicará convenientemente a los entes locales de la provincia.
5.- EVENTOS DEPORTIVOS:
5.1.- Instrumentos de servicio:
Consistente en el apoyo e impulso a la organización de eventos deportivos en los municipios de la provincia de Almería distinguiendo entre:
- Eventos Deportivos Locales: Por su carácter de utilidad a través de necesidades acreditadas por los Ayuntamientos de la provincia. Prestado, mediante asistencia económica y colaboración especializada, a través de convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de municipios de hasta 20.000 habitantes y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Almería.
- Eventos Deportivos Excepcionales: Por su carácter nada común, infrecuente y único en el transcurso anual y prestando a los Ayuntamientos a través de entes privados especializados e instrumentales.
- Eventos Deportivos Singulares: Tienen un carácter significativo, sobresaliente o de interés estratégico para la Diputación de Almería. Son aprobadas por el Pleno de la Corporación Provincial dentro de su Presupuesto anual.
5.2.- Programación de actuaciones:
Se llevarán a cabo con aquellos municipios adscritos a este contenido, a partir de los datos expresados por los destinatarios con relación a las necesidades manifiestas e inscritas, para hacer coincidir la formalización administrativa con la ejecución real.
5.3.- Destinatarios:
Ayuntamientos de municipios y entidades deportivas de la provincia de Almería.
5.4.- Objetivos:
- Reforzar los instrumentos y las acciones generadas desde los Ayuntamientos del ámbito provincial, mediante la racionalización y la planificación con los entes locales de la provincia
- Reforzar el sistema de colaboración de los ayuntamientos de la provincia, como instrumento que contribuya a garantizar la prestación de los servicios que les corresponden.
- Estimular la colaboración entre los ayuntamientos locales a fin de obtener el máximo aprovechamiento de equipamientos existentes y de las líneas de servicios en funcionamiento, buscando la eficiencia en la prestación de servicios a la ciudadanía y potenciando la coordinación territorial y la ubicación de los servicios en su escala idónea de producción y prestación.
- Fomentar la corresponsabilidad de los Gobiernos locales como gestores directos de los intereses de la comunidad y de los recursos públicos en su ámbito territorial, haciendo partícipes a la ciudadanía de sus procesos y resultados alcanzados.
5.5.- Criterios de valoración:
- Proyecto de actuación presentado por el Ayuntamiento solicitante que deberá contener:
- Descripción de la actuación deportiva a realizar y sus necesidades.
- Previsión de acciones posibles y del impacto de estas.
- Descripción de recursos propios destinados a la ejecución.
- Mecanismos de evaluación para medir y observar los efectos de actuación.
- Número de habitantes de los municipios según los tramos de población:
- Menos de 1000 habitantes.
- De 1001 a 5000 habitantes.
- De 5001 a 10.000 habitantes.
- De 10.000 a 20.000 habitantes.
- Más de 20.000 habitantes.
- Recursos solicitados por el Ayuntamiento y orden de prioridad.
- Eficacia en la previsión de la consecución de los objetivos marcados, satisfacción de necesidades y aspiraciones. Incentivando la buena gestión en el aprovechamiento de potenciales beneficiarios en el ámbito intermunicipal.
- Eficiencia en el fomento y planificación para la realización de los eventos que satisfagan las necesidades del solicitante con los menores costes posibles, demostrando viabilidad financiera para que los recursos transferidos hagan posible la actuación según el esquema financiero presentado.
8.6.- Condiciones de concertación para formular la solicitud:
Será imprescindible presentar el formulario de adscripción (correo ordinario o correo electrónico que se indique), para que cualquier Ayuntamiento de la provincia pueda solicitar recursos del programa PADI. El número máximo de solicitudes será de una por entidad local en los instrumentos de servicio a y b. El instrumento de servicio c, tendrá el carácter nominativo de la Diputación de Almería al estar sujeto a un interés estratégico de esta entidad.
8.7.- Memoria y justificación:
Tras la finalización del evento deportivo se deberá remitir por correo electrónico (correo electrónico que se indique a los interesados), y en formato digital la memoria justificativa establecida. Igualmente, se remitirá, recopilación fotográfica de la actuación en formato digital que deberá cumplir lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal.
8.8.- Compromiso de calidad:
Garantizar que un mínimo del 75% de los entes locales consideren que han recibido una atención satisfactoria a las consultas efectuadas con una puntuación igual o superior a 8 puntos sobre 10 y nunca menos de 5.
Como medida correctora, se deben analizar las causas de no alcanzar el compromiso fijado y proponer las mejoras concretas pertinentes.